Inicio › Guías › Vencimiento según terminación de CUIT
Dos empleadores que deben el mismo período no siempre vencen el mismo día. La fecha depende del último dígito del CUIT, y además se corre cuando cae en un día no hábil. Entender cómo se arma esa fecha importa por dos motivos: para no presentar tarde y porque es el punto exacto desde el cual empiezan a correr los intereses.
Por qué los vencimientos están escalonados
Si todos los contribuyentes del país presentaran y pagaran el mismo día, los sistemas de recaudación colapsarían. Por eso la administración reparte las obligaciones en tandas según el último dígito del CUIT: cada grupo tiene su día, y la carga se distribuye a lo largo de varias jornadas. Los calendarios de vencimientos nacionales citan como marco la RG (AFIP) 4172-E y sus modificatorias.
Cómo se arma la fecha en cargas sociales
Para el F931, la referencia es el día 9 del mes siguiente al período que se declara. A partir de ahí:
- Si ese día no es hábil, se corre al siguiente día hábil.
- Las terminaciones 0, 1, 2 y 3 vencen ese día.
- Las terminaciones 4, 5 y 6, el día hábil siguiente.
- Las terminaciones 7, 8 y 9, un día hábil después.
Es importante que las tandas se cuentan en días hábiles, no corridos: si la primera cae un viernes, la segunda no es el sábado sino el lunes, y la tercera el martes.
Ejemplo: período 04/2026
El 9 de mayo de 2026 cae sábado, así que la primera tanda se corre al lunes 11. A partir de ahí:
Terminación 0 a 3 → lunes 11/05/2026
Terminación 4 a 6 → martes 12/05/2026
Terminación 7 a 9 → miércoles 13/05/2026
Ejemplo: período 07/2026
El 9 de agosto de 2026 cae domingo. La secuencia se corre un día:
Terminación 0 a 3 → lunes 10/08/2026
Terminación 4 a 6 → martes 11/08/2026
Terminación 7 a 9 → miércoles 12/08/2026
El calendario de feriados cambia todo
El cálculo depende de saber exactamente qué días son hábiles, y ahí es donde se cometen la mayoría de los errores. Los feriados nacionales argentinos no son todos fijos:
- Fijos: siempre caen el mismo día, como el 1 de mayo o el 25 de diciembre.
- Trasladables: cuando caen martes o miércoles pasan al lunes anterior, y cuando caen jueves o viernes al lunes siguiente. El Día de la Soberanía Nacional, por ejemplo, en 2026 no se conmemora el viernes 20 de noviembre sino el lunes 23.
- Días puente: se fijan por decreto cada año y no siguen ninguna regla previsible. Hay que cargarlos manualmente año a año.
Un feriado mal cargado desplaza toda la secuencia y hace que la fecha de vencimiento quede mal para las tres tandas.
Consultá tus vencimientos y descargalos → Elegí las terminaciones de CUIT y las obligaciones que te interesan, y bajá la agenda para Google Calendar o como lista de tareas.Cada obligación tiene su propio escalonamiento
El esquema de tres tandas es el de cargas sociales. Otras obligaciones agrupan las terminaciones de manera distinta, y por eso no se puede extrapolar una fecha de un impuesto a otro:
| Obligación | Agrupamiento de terminaciones |
|---|---|
| Cargas sociales (F931) | 0-3 / 4-6 / 7-9 |
| Autónomos y SICORE | 0-1 / 2-3 / 4-5 / 6 / 7-8 / 9 |
| IVA e Ingresos Brutos | 0-1 / 2-3 / 4-5 / 6-7 / 8-9 |
| Convenio Multilateral | 0-1 / 2 / 3-4 / 5 / 6-7 / 8-9 |
| Monotributo | Sin escalonamiento: misma fecha para todos |
En el caso de autónomos y SICORE, los seis grupos se reparten de a dos por jornada, de modo que terminan cayendo en tres fechas efectivas.
Por qué la fecha importa para los intereses
Los intereses resarcitorios corren desde el día siguiente al vencimiento. Si tomás mal la fecha —por ejemplo, la de la primera tanda cuando tu CUIT pertenece a la tercera— vas a calcular dos días de mora de más. Sobre importes altos, esa diferencia es visible. El método completo está explicado en la guía sobre cómo calcula ARCA los intereses resarcitorios.
Preguntas frecuentes
¿Se toma el último dígito del CUIT o el del DNI? El del CUIT completo, es decir el dígito verificador. Si no lo tenés a mano, podés obtenerlo con el validador de CUIT.
¿Presentación y pago vencen el mismo día? En cargas sociales, sí. En otros impuestos pueden estar separados: el IVA, por ejemplo, tiene fechas propias para la presentación de la declaración y para el pago, y las micro y pequeñas empresas cuentan además con un régimen de pago diferido.
¿Qué pasa si pago un día antes de mi tanda? No hay problema: la fecha es el límite, no una cita. Pagar antes nunca genera inconvenientes.
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Aviso: los organismos pueden modificar sus calendarios durante el año y disponer prórrogas. Esta guía es orientativa: confirmá las fechas críticas en la resolución vigente antes de presentar o pagar.